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Adjudicacion Provisional



Articulo 135.3 Clasificación de las ofertas y adjudicación provisonal y definitiva del contrato.

La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada que deberá notificarse a los candidatos o licitadorres y publicarse en un diario oficial o en el perfil de contratante del órgano de contratación.

Articulo 42.2 in fine.

En todo caso deberá publicarse en el perfil de contratante la adjudicación provisonal de los contratos.



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  Este proyecto ha sido incentivado por la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía. ORDEN 9 de mayo de 2006.